Ignasi Beltrán de Heredia Ruiz
El estudio analiza los motivos que han llevado a la STJCE 28 de febrero 2008 a declarar que la Directiva 92/85/CEE y, en concreto, su art. 10.1 (referido a la prohibición de despido de las trabajadoras embarazadas), no debe aplicarse a una trabajadora sometida a una fecundación in vitro cuando los óvulos aún no han sido transferidos a su útero. Lo que no obsta que aprecie la existencia de una discriminación por razón de sexo.