El derecho a la intimidad y a la propia imagen no son derechos absolutos. En la mayor parte de los casos entran en colisión con otros derechos fundamentales lo que exige la determinación de ciertos límites. En este artículo, haciéndonos eco del caso Telma ORTIZ, se analiza la valoración jurídica de este tema, la resolución judicial y la trascendencia del derecho a la intimidad, los límites del derecho a la información y la controversia existente entre la intimidad y los medios de comunicación.