Las refinaciaciones de deuda entre el deudor y sus acreedores financieros aún cuando conllevan innegables ventajas temporales, económicas y laborales, no están exentas de riesgo, abordándose en el presente trabajo cómo se manifiestan estos riegos para los intervinientes en supuestos de declaración de un concurso de acreedores, en sede de calificación del concurso, rescisión de actos perjudiciales para la masa activa, en conexión con la «resucitada» vigencia del art. 10 LMH, y clasificación del crédito del financiador