El panorama que plantea la entrada en vigor del Estatuto Marco del Empleado Público (EBEP) como norma básica en la Administración no es precisamente de tranquilidad jurídica. El conflicto y contradicción de algunos de sus preceptos con las previsiones del Estatuto Marco de los Servicios de Salud (EM) abre un panorama de incertidumbre legal que lejos de allanar el camino a los gestores de personal abonará el terreno de la judicialización. Además, la falta de rango jerárquico del EBEP como ley orgánica, y el mantenimiento de competencias exclusivas y compartidas de las autonomías en su Disposición Final 2ª anticipa un escenario complejo de aplicación y desarrollo.
De hecho, ya se ha producido una distinta interpretación del EBEP sobre los trienios en distintas autonomías, unas reconociéndolo a interinos y laborales con amparo en su articulado, y otras negándolo con base en el EM sanitario. El impacto de este conflicto normativo no sólo tiene efectos económicos, o en los derechos y deberes laborales de los trabajadores, sino que afecta a la gestión de personal complicando la planificación y operativa de los Servicios de Salud.
Juristas y responsables de personal de los Servicios de Salud convocados por Instituto de Fomento Sanitario y Actualidad del Derecho Sanitario en el XI Congreso de Recursos Humanos en la Sanidad hicieron el análisis comparativo de ambas normas destacando sus principales puntos críticos: el carácter de primacía. supletoriedad o complementariedad del EBEP según qué preceptos por ser esta norma posterior al EM; el carácter de especialidad del EM, que está al mismo nivel jerárquico; la obligatoriedad o no de la negociación laboral de asuntos que afectan al poder de auto organización; la discordancia entre la prescripción de faltas graves (cuatro años en el EM, tres en el EBEP); la congelación de los efectos retributivos de la carrera profesional en el EBEP; la incidencia del nuevo espacio de educación superior en la definición del empleo, las competencias y la clasificación, y sus efectos en la equivalencia de titulaciones.
Los expertos apuntan la necesaria reforma o desarrollo legal de estas normas, así como el necesario ajuste de la futura ordenación autonómica de la función pública a coordenadas o principios básicos inamovibles, lo que redundaría en la seguridad jurídica de la Administración y el personal a su servicio.