Luis González Vaqué
El autor analiza la sorprendente orientación jurisprudencial consagrada en la sentencia ¿Malheur Brut Réserve¿, teniendo en cuenta su potencial impacto en la protección que el artículo 13.1 del Reglamento n° 510/2006 concede a los productos con denominaciones registradas en virtud de dicha normativa comunitaria. Luis González Vaqué examina también el alcance de algunas precisiones del TJCE sobre diversas cuestiones relativas a la interpretación de la Directiva 84/450/CEE (si la referencia a un tipo de producto, y no a un determinado producto o empresa, puede considerarse publicidad comparativa; la existencia de una relación de competencia y criterios para su identificación; y la licitud de una publicidad que hace referencia a un tipo de productos sin identificar a un competidor o los bienes que éste ofrece).