Daniel Toscani Giménez
El art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario garantice a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al trabajo. También define el carácter voluntario de los exámenes médicos, pero esta característica desaparece de los supuestos con un riesgo específico y concreto para la salud del propio empleado y otras personas, y cuando así esté regulado por una disposición legal de actividades especialmente peligrosas. Sin embargo, los casos son tan amplios y ambiguos que podrían prestarse a una cierta arbitrariedad y el empresario podría llegar a usarlos para averiguar circunstancias personales de los trabajadores, o en los procesos de selección de personal.