Ir al contenido

Resumen de La publicación de datos personales en la página web de una Dirección General de la Comunidad de Madrid, en el marco de un procedimiento de otorgamiento de un complemento autonómico por méritos individuales, debe ajustarse al artículo 4.1 de la LOPD. Además, los datos publicados no pueden mantenerse indefinidamente en la citada página web, ni tampoco usarse para una finalidad distinta a la que motivó su recogida.


Mi Ágora

© 2025 INAP - Todos los derechos reservados