Tuvo entrada en esta Agencia de Protección de Datos la consulta planteada por un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, en solicitud de informe respecto de la remisión del parte médico realizado por la clínica que atiende a los agentes de Policía del Ayuntamiento al Juzgado que se lo requiera para seguir las diligencias oportunas, teniendo en cuenta que en dichos partes médicos figuran su nombre y apellidos, su número de móvil en algunos casos y otros datos personales y que, además, dichos documentos llegan a manos del abogado defensor del denunciado (y, por tanto, a éste) y que los policías disponen de un número para su identificación. En concreto, se plantea, en primer lugar, si la clínica está obligada a aportar al Juzgado los datos personales recogidos en el parte médico o solamente el número de clave de identificación policial; en segundo lugar, si el juzgado que recoge esos datos está obligado a proporcionar a las partes todos los datos que posee o, en el caso de agentes de la autoridad, por seguridad, debería proteger los datos personales, comunicando a la parte contraria, solamente, el número de policía.