Tuvo entrada en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, la petición de informe presentada por la Dirección General de la Función Pública en relación con la modificación del artículo 68 del Convenio Colectivo, en el sentido de permitir el acceso al Comité de Empresa a determinada documentación con datos personales sin necesidad del consentimiento de los afectados. Dicha modificación ha sido propuesta por la representación sindical, pues consideran que la facultad de acceso a los documentos relacionados con las condiciones de trabajo está reconocida legalmente en el Estatuto de los Trabajadores.