Siguiendo con el debate iniciado en el nº 230 de esta revista en relación con la falta de seguridad jurídica que las UTEs padecen en el ordenamiento jurídico español, el presente trabajo, tras hacer una referencia al Derecho comparado, propone una solución distinta. Ésta consiste fundamentalmente en adoptar una política de competencia que tenga más en consideración la realidad económica de los acuerdos UTEs y, en particular, el hecho de que pueden constituir un instrumento de apoyo a la pequeña y mediana empresa. Para ello, se sugiere utilizar fundamentalmente, por un lado, los instrumentos legalmente previstos en los artículos 3 y 5 de la Ley de defensa de la competencia, es decir, los reglamentos de exención para los acuerdos de menor importancia y entre pymes así como, por otro lado, reformar la regulación de la autorización singular, en aras de aumentar la seguridad jurídica, introduciendo la posibilidad de conseguir que, en determinados casos, los acuerdos sean válidos desde su notificación, siguiendo en parte, el modelo de Derecho de la competencia alemán aún vigente.