El autor, a raíz de una reciente Sentencia del Tribunal Supremo 865/2026, de 8 de julio de 2026, rec. 8330/2024, analiza en este artículo la normativa y jurisprudencia existente en relación con la inadmisibilidad de un recurso contencioso-administrativo por falta de agotamiento de la vía administrativa previa, en aquellos casos de desestimaciones presuntas por silencio. Concluye que, tal y como puede desprenderse del análisis de la jurisprudencia del TS, existe una innegable obligación de resolver por parte de la Administración (incluida la Administración tributaria) los recursos de reposición y las reclamaciones económico-administrativas interpuestas por los obligados tributarios —con indicación de los medios de impugnación, el órgano ante el que interponerse y el plazo para ello— y cuyo incumplimiento no puede perjudicar de ningún modo al obligado tributario, inadmitiendo un recurso contencioso-administrativo ante una desestimación por silencio administrativo, ya que ello vulneraría el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE.