El trabajo analiza el déficit normativo del ordenamiento jurídico chileno frente a la zoofilia y el bestialismo, sosteniendo que, pese a la evolución desde una concepción patrimonial de los animales hacia su reconocimiento como “seres vivientes y sensibles” en la Ley N° 20.380, el Derecho Penal no ha desarrollado una respuesta coherente y autónoma frente a la violencia sexual contra ellos. Tras delimitar conceptualmente ambas conductas desde perspectivas psicológicas y criminológicas, destacando la imposibilidad estructural de consentimiento del animal y la asimetría de poder, se sostiene que su actual subsunción en el delito general de maltrato del artículo 291 bis del Código Penal resulta dogmáticamente insuficiente, pues diluye su especificidad y exige, en la práctica, la acreditación de daño o sufrimiento.