La previsión legal de una eficacia atribuida a lo juzgado sobre futuros pleitos idénticos o conexos representa una conquista jurídica. Son exigencias derivadas de la seguridad jurídica las que imponen evitar un nuevo proceso sobre lo que judicialmente fue decidido, así como que el resultado de una actividad jurisdiccional previa vincule al juez de otro proceso si aquel es un antecedente lógico de este. La necesidad de evitar una reiteración o contradicción entre pronunciamientos judiciales —que, al fin y al cabo, es a lo que obedece aquellos dos propósitos— se advierte ya Roma, en donde la res iudicata va consolidándose como una institución jurídica que responde a aquellas exigencias concretas y que, en épocas históricas sucesivas, es recibida hasta enraizar normativamente en los diversos ordenamientos jurídicos del continente europeo, como es el caso del ordenamiento español.