A través del presente pronunciamiento, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es llamado por vez primera a pronun-ciarse sobre la originalidad de la edición crítica de una obra literaria que se encuentra en el dominio público. Aplicando su doctrina sobre los conceptos autónomos de «obra» y de «originalidad», el Alto Tribunal europeo llega a la conclusión según la cual dicho objeto, cuyo objetivo es reconstruir el tex-to de una obra acompañándolo de comentarios y del aparato crítico necesario, puede considerarse una obra protegida por derechos de autor, siempre que sea una creación intelectual que refleje la personalidad de su autor, manifestando las decisiones libres y creativas. El pronunciamiento deja importantes dudas acerca de la extensión de la protección conferida a dicha edi-ción crítica. En particular, no se pronuncia claramente sobre si el texto fijado por el editor crítico supera el requisito de la originalidad y, en su caso, en base a qué parámetros el mismo podría quedar caracterizado.
In this judgment, the Court of Justice of the European Union is called upon for the first time to rule on the originality of a critical edition of a literary work that is in the public domain. Applying its case law on the autonomous concepts of «work» and «originality», the European Court of Justice concludes that a critical edition, the purpose of which is to restore the text of a work with comments and the requisite critical apparatus, may be regarded as a work protected by copyright, provided that it is an intellectual creation reflecting the author’s personality. The ruling leaves significant doubts as to the scope of the protection afforded to such a critical edition. In particular, it does not clearly state whether the text established by the critical editor meets the requirement of originality and, if so, on the basis of which criteria it might be characterised as such.