Recientemente la Autoridad de Protección de Datos de Hamburgo ha presentado una guía(*) para una evaluación del interés legítimo como base para un tratamiento de datos personales adecuado al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)(**). La inclusión del interés legítimo como base legal para el tratamiento de datos personales, y especialmente su inclusión en el art. 6.1.f), levantó algunas críticas entre los expertos en Protección de Datos en Alemania. Esas críticas radicaban en que en legislaciones anteriores esta figura estaba incluida como última ratio en artículos finales de esa normativa (al menos en Alemania), mientras que su inclusión en el mencionado artículo suponía situarla al mismo nivel que las otras bases legales. Aunque este aspecto sea más adecuado para un artículo más doctrinal, esas críticas hacen que la guía de la Autoridad de Protección de Datos de Hamburgo parezca más interesante y que merezca la pena realizar algunos comentarios.