La Sala Tercera del Tribunal Supremo considera necesario precisar si, al amparo del artículo 232.1.b) de la Ley 58/2003, General Tributaria, el asesor fiscal está legitimado activamente para promover una reclamación económico-administrativa contra la sanción impuesta a su cliente, cuando posteriormente haya sido condenado en la vía civil por negligencia profesional como consecuencia de la imposición de dicha sanción a su cliente.