Jubilación anticipada por razón de la actividad de bombero forestal y legislación foral de Navarra: es inconstitucional el precepto legal de la Comunidad Foral de Navarra que, con anterioridad a la Ley 5/2024 Básica de Bomberos Forestales, consideraba a las diferentes categorías de bomberos forestales de Navarra como bomberos, procurando abrir la puerta a la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación del artículo 206 LGSS, invadiendo la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación de seguridad social: STC (Pleno) 12/2026, de 11 de febrero. Ponente: Ramón Sáez Valcárcel