El artículo examina la discrepancia interpretativa sobre el cálculo del valor estimado del contrato cuando concurren prórrogas y modificaciones previstas. Se contrastan dos enfoques: uno que proyecta sobre el período prorrogado el impacto económico de una modificación incorporada durante la vigencia inicial y otro que computa separadamente prórrogas y modificación prevista, manteniendo el precio inicial como parámetro único para el límite porcentual del art. 204. Se defiende una interpretación garantista que refuerza la seguridad jurídica, la previsibilidad del potencial económico del contrato y la preservación del equilibrio competitivo fijado en la adjudicación.