Madrid, España
El Tribunal Supremo dicta en Pleno doctrina para terminar con la discrepancia interpretativa entre el concurso real y la continuidad delictiva, en los casos de agresiones sexuales grupales, de manera que determina que la regla general es la continuidad delictiva, y el concurso real la excepción, especialmente en casos de una gran brutalidad en la acción típica, o el distanciamiento temporal entre las varias acciones, de forma que, por lo general, los casos de violación grupal mediante rotación en los papeles agresivos (acometimiento sexual e intimidación), la calificación más adecuada, en virtud del principio de proporcionalidad de la pena, es la construcción jurídica como continuidad delictiva.