En este estudio se analiza el encaje de los neurodatos en el espacio europeo de datos de salud. Tras una breve introducción al estado actual de la cuestión, procedo a encuadrar los neurodatos en categorías reconocidas legalmente puesto que la legislación vigente no los contempla como una categoría separada y propia respecto de otras categorías de datos personales. Seguidamente, y en la medida en que los neurodatos pueden ser datos de salud,se analizasu tratamiento para uso primario y secundario haciendo especial referencia al denominado derecho de autoexclusión que puede ejercitar el sujeto de datos. Despuésse centra la atención en el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial con neurodatos y, en particular, la justificación delosusuariosde datos, para poder acceder a ellos, en sus intereses legítimos (art. 6.1 f RGPD), máxime cuando,en la futuraDigital Omnibus Act,el legislador europeo pretende que se haga amplio uso de esa base legitimadora en el tratamiento de los (neuro)datos. Finalmente, la conclusión que se deriva es la necesidad de una protección jurídica reforzada de los neurodatos.
In this study, the integration of neurodata within the European Health Data Space is analyzed. After a brief introduction to the current state of the issue, I proceed to locateneurodata within legally recognized categories, since current legislation does not contemplate them as a separate and distinct category from other types of personal data. Next, insofar as neurodata may constitute health data, their processing for primary and secondary use is examined, with special reference to the so-called right to opt out that may be exercised by the data subject. Anotheraspect focuses on the training of artificial intelligence systems using neurodata and, in particular, on the justification of the data users’access to such data based on their legitimate interests (Article 6(1)(f) GDPR), especially given that, theupcomingDigital Omnibus Act, the European legislator seeks to promote broad use of this legal basis for the processing of (neuro)data. Finally, the conclusion drawn is the need for enhanced legal protection of neurodata.