Necesidad de autorización judicial para entrar en el domicilio de una persona jurídica que es simultáneamente centro de trabajo: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 441/2026, 14 Abr. Rec. 3188/2025
La única excepción podría venir dada por la separación física apreciable entre la zona de oficinas y la de centro de trabajo, siempre que la autoridad informe que el propósito es acceder únicamente a la primera.