Los ascendientes no son legitimarios del causante si existen descendientes, aunque estos hayan renunciado a la legítima o hayan sido desheredados justamente: Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Resolución 17 Dic. 2025
No procede la aplicación analógica a la sucesión forzosa de las normas reguladoras de la sucesión intestada. Los padres solo serán legitimarios si no existen descendientes o estos han premuerto al causante.