La Sala Tercera del Tribunal Supremo considera necesario precisar el alcance que pudiera tener la existencia de dos sentencias dictadas por la misma Sala y Sección con seis meses de diferencia —ambas recurridas en casación—, entre las que existe conexidad al concurrir identidad tanto subjetiva como objetiva, cuando en una sentencia se afirma que la prueba aportada por la parte recurrente es insuficiente para acreditar el beneficio presunto medio de la actividad gravada en el momento de girar la liquidación, y en la segunda se concluye, para el ejercicio siguiente, que esa misma prueba permite determinar que las cuotas del IAE superan el 15% del beneficio medio presunto de dicha actividad, sin explicar las razones del cambio de criterio del tribunal sentenciador.