El Reglamento (UE) 2025/327 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2025, relativo al Espacio Europeo de Datos de Salud, bajo la rúbrica de uso secundario de los datos de salud, establece un marco jurídico que posibilite el uso de los datos de salud de los ciudadanos europeos en un formato interoperable para promover la formulación de políticas, la investigación, la evaluación de tecnologías sanitarias y objetivos clínicos a través de una infraestructura europea común.
Para ello, crea los organismos de acceso a los datos de salud y define detalladamente las funciones y competencias que deben desarrollar para analizar las solicitudes de acceso a los datos de los tenedores de ellos y autorizar su acceso y tratamiento por los usuarios.
Adicionalmente, reconoce derechos específicos a las personas afectadas, entre los que destaca el derecho de exclusión del uso secundario.
Y admite expresamente la vigencia del régimen de garantías del Reglamento General de protección de datos de la Unión Europea y de sus autoridades de control, a la que atribuye una competencia específica para tutelar el derecho de exclusión del uso secundario.