Si se remitió la convocatoria al domicilio social del socio y no se le encontró, pero sí se logró hacer llegar la misma comunicación al presidente de su consejo de administración, la convocatoria debe entenderse bien realizada, pues no puede quedar al albur de dicho presidente alegar que él no se dedica a la gestión, haciendo dejación de sus funciones y responsabilidades.