La utilización de mensajes de WhatsApp entre la paciente y el personal sanitario como sustituto de la historia clínica constituye un incumplimiento grave de las obligaciones legales: Audiencia Provincial Barcelona, Sentencia 25/2026, 28 Ene. Recurso 732/2023
La ausencia de documentación clínica adecuada e imperativamente exigida por la normativa vigente impide a los demandados acreditar la corrección de su actuación médica, lo que como es lógico genera una presunción adversa a sus intereses.