La coordinación entre la planificación hídrica y el ordenamiento territorial constituye un elemento clave para enfrentar problemáticas socioambientales complejas, como la sobreexplotación de acuíferos, el crecimiento urbano desordenado y los efectos del cambio climático. Este artículo analiza el caso mexicano a la luz de la experiencia española, considerando las similitudes estructurales de ambos sistemas —gestión descentralizada del agua, planificación por cuencas y marcos normativos consolidados— y, al mismo tiempo, las diferencias en los efectos jurídicos de los mecanismos de coordinación. A partir de un análisis cualitativo del marco normativo, de los instrumentos de planeación hídrica y territorial, y de entrevistas a tomadores de decisiones en ambos países, se muestra que, mientras en España la planificación hidrológica tiene carácter vinculante y prevalente sobre otras planeaciones sectoriales, en México la coordinación descansa principalmente en mecanismos informales y discrecionales. El fortalecimiento de instrumentos jurídicos de coordinación, con efectos vinculantes y procedimientos claros, es indispensable para avanzar hacia una gestión integrada del agua y del territorio que reduzca los riesgos sociohídricos y ambientales.