En trece sentencias, el Tribunal de Justicia confirma en lo esencial la actuación de la Comisión Europea frente a varias compañías aéreas por prácticas colusorias en el transporte de mercancías, desestimando la mayoría de sus alegaciones. Avala, en particular, la competencia de la Comisión para sancionar conductas con efectos en la Unión, incluso si se originan fuera de su territorio, sobre la base del criterio de los efectos cualificados. Asimismo, respalda la calificación de infracción única y continua y la imputación de responsabilidad a empresas incluso en rutas en las que no operaban, siempre que contribuyeran al objetivo común. El Tribunal también rechaza que pueda apreciarse de oficio la prescripción si no ha sido invocada por las partes. No obstante, estima parcialmente el recurso de SAS Cargo Group, al apreciar un error en el cálculo de su multa, que reduce.