El ordenamiento jurídico español contempla una colección de medidas que restringen el derecho al ejercicio del cargo parlamentario cuando aún no existe condena en sentencia firme. Aunque estas medidas -denominadas extrapenales- se encuentran recogidas no solamente en los reglamentos parlamentarios sino también en la legislación procesal-penal, es posible situar su fundamento común en la protección del bien constitucional 'orden público democrático'. La suspensión extrapenal del parlamentario genera una catarata de efectos supraindividuales que aconsejan la regulación de una figura prácticamente inédita en nuestro ordenamiento, como es la sustitución temporal del parlamentario. Este trabajo se propone demostrar que la implementación de esta solución no solo resuelve las anomalías que genera la separación del parlamentario de sus funciones, sino que además garantiza el derecho a la participación política de los representados.