Beatriz Martínez Perpiñá
La prueba preconstituida ha recibido especial atención en las últimas décadas por sus aportes al proceso penal y su función protectora con los menores de edad. No obstante, también ha sido objeto de críticas, especialmente de índole procesal, que han puesto en cuestión su asentamiento en el contexto español. En 2021, a partir de la aprobación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, la figura fue reformada, lo que ha motivado un estudio cualitativo para analizar si la nueva regulación ha modificado la percepción de los operadores judiciales y, al mismo tiempo, evaluar si las ventajas y limitaciones identificadas encuentran respaldo en la práctica judicial, considerando la experiencia directa de quienes intervienen en el proceso penal con niños y adolescentes. A partir de los hallazgos obtenidos, se proponen recomendaciones orientadas a optimizar el uso de la prueba preconstituida, integrando la protección de la infancia y la adolescencia con los estándares del proceso penal.