La STC 8/2026, de 26 de enero, ha concedido el amparo a quienes no fueron emplazados en el proceso encaminado a la declaración de nulidad de las licencias urbanísticas relativas a sus viviendas, a pesar de que su titularidad constaba debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad. La Sala Primera del Tribunal Constitucional declara la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su vertiente de derecho de acceso a la jurisdicción.