El criterio para determinar el comienzo del plazo de prescripción para reclamar los daños causados por la Administración tiene una enorme relevancia práctica y resulta esencial para organizar adecuadamente el régimen jurídico de la prescripción extintiva o liberatoria. El presente trabajo destaca la importancia del tema, analiza su deficiente regulación en la legislación de procedimiento administrativo común y aboga por la necesidad de establecer una regulación más clara que adopte expresamente el criterio subjetivo o del conocimiento tanto de los hechos que fundamentan la pretensión resarcitoria como de la Administración responsable del daño.