Las juntas de tratamiento penitenciario constituyen el principal órgano decisorio en materia de clasificación, permisos y programas de tratamiento. Su arquitectura es bifásica: el equipo técnico delibera primero y produce propuestas de acuerdos que la junta habitualmente ratifica o debate según exista o no unanimidad previa. Agotada la vía administrativa, las decisiones son recurribles ante la jurisdicción de Vigilancia Penitenciaria, sin perjuicio de los demás recursos procedentes. En vía administrativa, en los supuestos previstos reglamentariamente, la Central de Observación Penitenciaria juega un rol esencial.Estamos en presencia de un diseño garantista. Este artículo aborda otra dimensión. Se trata de la ausencia de estudios empíricos sistemáticos sobre los procesos cognitivos y psicosociales que operan en el interior de estos órganos. Este artículo construye un marco analítico a partir de la literatura sobre psicología de la decisión en órganos colegiados análogos, incorpora el análisis de la agenda oculta de poder como variable estructural, y propone la inteligencia artificial como instrumento de auditoría de consistencia decisoria capaz de detectar patrones discriminatorios sistemáticos. Se concluye con una reflexión sobre las condiciones objetivas y subjetivas necesarias para que las decisiones alcancen el mayor grado de cientificidad posible.