Alicante, España
El teletrabajo se presenta, hoy en día, como una herramienta estratégica para alcanzar un equilibrio adecuado entre las necesidades de conciliación laboral y familiar de las personas trabajadoras y los estándares de productividad de las empresas. Sin embargo, más allá de sus llamativas ventajas y oportunidades, un análisis más pausado revela otros tantos riesgos, sobre todo relacionados con la perpetuación de roles de género en nuevos escenarios virtuales. Lo que exige una regulación muy pulida y precisa en la materia. Y, en este punto, destaca por su interés jurídico-científico y también económico-social ese teletrabajo al que se accede a través del derecho a la adaptación del art. 34.8 del ET; figura que en este trabajo se estudia en toda su profundidad, a la luz de la doctrina judicial y científica, con un espíritu crítico y propuestas de mejora
Teleworking is currently presented as a strategic tool for achieving a proper balance between the work-life balance needs of employees and the productivity standards of companies. However, beyond its dazzling advantages and opportunities, a more thorough analysis reveals just as many risks, especially related to the perpetuation of gender roles in new virtual environments. This necessitates highly refined and precise regulations in this area. And, in this respect, teleworking accessed through the right to adaptation under art. 34.8 ET stands out for its legal, scientific, and socio-economic significance. This study examines this aspect in depth, considering judicial and scientific doctrine, with a critical approach and proposals for improvement.