Las situaciones administrativas son consecuencia del sistema cerrado o de carrera administrativa vigente en la legislación española de función pública profesional, debido a una relación de empleo que es continuada, permanente, profesional, exclusiva y remunerada. De los distintos criterios de clasificación, la debida a violencia terrorista se encuadra en las denominadas básicas, ubicadas en el Título VI del RDL 5/2015, TREBEP, en el art. 89.6º.Esta situación administrativa fue respuesta al fenómeno terrorista que rompe deliberadamente las convenciones morales y jurídicas caracterizándose por su crueldad, arbitrariedad y brutalidad.Introducida en el ámbito de función pública por la LO 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, en su disposición final 6.ª.4.º, que modificó la L 7/2007, EBEP, y posteriormente refundida en el RDL 5/2015, TREBEP. Se exponen en este estudio los aspectos más destacados.