El pronunciamiento de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que desestimó la demanda inicial, al considerar que el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria había actuado frente a los problemas de vertidos, estancamiento e insalubridad en la Barriada Los Fernández, y que no existía obligación de pavimentar ni de peatonalizar el Arroyo Cuevas; de igual modo, no se había acreditado falta de mantenimiento. Frente a ello, la parte apelante alega error en la valoración de la prueba, insistiendo en la persistencia de problemas de estancamiento, residuos e insalubridad reconocidos por técnicos municipales, así como en la utilización del arroyo como vía de tránsito.
El tribunal ad quem rechaza los fundamentos de la sentencia de instancia en lo relativo al encauzamiento del Arroyo Cuevas a su paso por la Barriada Los Fernández. A tal efecto, concluye que las infraestructuras no fueron concluidas. Consta que el Ayuntamiento aprobó el proyecto de dotación y que, ante la inactividad del promotor, dictó una orden de ejecución el 13 de febrero de 2018. La vía, utilizada por peatones y vehículos, fue únicamente señalizada mediante marcas viales; sin embargo, presenta problemas de estancamiento, insalubridad y acumulación de residuos, según informes técnicos y pruebas gráficas.
La Sala reprocha que el juzgador a quo niegue estos extremos y subraya que la situación, agravada por la pasividad municipal, compromete la salud y la seguridad de los vecinos, quienes se ven obligados a transitar por un espacio peligroso e inadecuado para su uso como calle. En este contexto, añade que los efectos del cambio climático pueden intensificar la problemática.
En consecuencia, estima parcialmente el recurso y condena al Ayuntamiento a ejecutar los trabajos necesarios para el encauzamiento, el desagüe y el mantenimiento que garantice condiciones óptimas de salubridad en el Arroyo Cuevas, en el ámbito de la Barriada Los Fernández.