El Tribunal de Justicia declara que una Decisión vinculante del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) que resuelve un conflicto entre varias autoridades de control nacionales sobre la cuestión de si el responsable de un tratamiento ha infringido el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD) y de si, en su caso, deben modificarse las medidas correctivas que se pretenden adoptar en su contra es un acto impugnable ante los tribunales de la Unión