Valencia, España
La supresión del exequátur para créditos no impugnados por el Reglamento 805/2004 permite que un título ejecutivo creado en un Estado miembro sea ejecutado sin ningún trámite intermedio en otro Estado de la Unión. El proceso de ejecución se realizará conforme al Derecho interno del Estado requerido más las especificidades reguladas por el propio Reglamento. La duda que se plantea entonces, y que es resuelta en el trabajo, es si el ejecutado puede oponerse a la ejecución alegando que no intervino en el procedimiento de declaración y que la notificación que se le dirigió, mediante carta certificada con acuse de recibo, era nula porque no estaba traducida a una lengua aceptada por el Estado requerido ni iba acompañada del formulario normalizado legalmente establecido.
The abolition of exequatur for uncontested claims under Regulation 805/2004 allows an enforceable title created in one Member State to be enforced without any intermediate proceedings in another Member State. The enforcement procedure is governed by the law of the Member State of enforcement in accordance with the Regulation 805/2004. The question that arises, and which is resolved in the paper, is whether the debtor can oppose enforcement on the grounds that he did not participate in the declaration procedure and that the notification was invalid because it was not translated and was not accompanied by the standard form.