Isaac Ibáñez García
Aunque reconoce que de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se desprende que la importancia de la aplicación inmediata y uniforme del Derecho de la Unión Europea exige que el proceso de ejecución de las sentencias del TJUE por parte del Estado miembro de que se trate se inicie inmediatamente y concluya lo antes posible, la Defensora del Pueblo, de forma poco reflexiva, acoge las evasivas esgrimidas por la Comisión Europea de que el cumplimiento de las sentencias «depende de cada caso concreto».