Madrid, España
El objeto de este trabajo es el estudio de la sentencia del TJUE de 18 de diciembre de 2025 en la que se resuelve una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Casación francés. La cuestión que plantea el tribunal nacional al TJUE es si en atención al derecho de marcas europeo es posible que una marca que se corresponde con el apellido de su titular anterior (un diseñador de moda conocido en Francia) caduque porque su titular actual hace un uso de la misma en el que intenta hacer creer al consumidor que el titular originario sigue vinculado con la marca cuando no es así. El presente comentario se va a dividir en tres partes. En la primera de ellas abordaremos los hechos del caso y su recorrido judicial, en una segunda parte se estudiará brevemente la caducidad de una marca a la luz del Derecho europeo y en la última se analizará y reflexionará sobre la sentencia del TJUE de 18 de diciembre de 2025.
The purpose of this paper is to examine the judgment of the CJEU of December 18, 2025, which resolved a preliminary question referred by the French Court of Cassation. The question posed by the national court to the CJEU is whether, under European trademark law, a trademark corresponding to the surname of its former owner (a well-known fashion designer in France) can be revoked because its current owner uses it in a way that attempts to mislead consumers into believing that the original owner remains associated with the trademark when this is not the case. This commentary will be divided into three parts. The first will address the facts of the case and its legal history; the second will briefly examine the lapse of a trademark under European law; and the final part will analyze and reflect upon the CJEU judgment of December 18, 2025.