Granada, España
Es objeto de análisis la Sentencia dictada por la Sala sexta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 9 de octubre de 2025, la cual trata de dar respuesta a la petición de decisión prejudicial planteada al amparo del art. 267 del TFUE por la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana mediante auto de 24 de enero de 2024. La petición versa sobre la interpretación del art. 2 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo. En concreto, se trata de determinar si el tiempo de desplazamiento de trabajadores de biodiversidad al inicio y al término de su jornada de trabajo es o no tiempo de trabajo.