El silencio administrativo y la inactividad administrativa creados en un contexto jurídico, tecnológico y social muy distinto al existente en el siglo XXI tienen difícil cabida en el tráfico jurídico administrativo. Realizamos una breve referencia a la motivación que fundamentó su creación y se cuestiona si su utilización actual está justificada, o representa una infracción del principio de buena administración, refiriendo en este caso, algunas posibles soluciones lege ferenda.