Mónica Hernández Herrero
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por vulnerar el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que recoge el derecho fundamental al resto a la vida privada y familiar. La actora ha demandado a España por la falta de información y consentimiento para la extirpación del complejo areola-pezón en la cirugía oncológica de la mama que se le practicó. En contraposición, España ha defendido que la prestación del consentimiento fue correcta, según constaba por escrito en el consentimiento informado y la historia clínica. Además, que la técnica quirúrgica no fue modificada, sino extendida, basada en criterios de seguridad oncológica, imprescindibles para asegurar el éxito de la intervención quirúrgica. El TEDH ha considerado no probado que se facilitara a la paciente una información completa sobre dicha posibilidad, por lo que no pudo tomar una decisión correctamente informada. La sentencia ha sido recurrida por España ante la Gran Sala, recurso que ya ha sido admitido a trámite.