Miren Monforte Duart
Este artículo examina cómo el Reglamento (UE) 2024/1028 y el Real Decreto 1312/2024 han transformado el alquiler de corta duración al convertir el Número de Registro Único de Alquiler (NRUA) en un verdadero filtro integral de legalidad, de carácter transversal, para el acceso al mercado digital. La práctica registral ha revelado un fenómeno especialmente significativo: estatutos comunitarios inscritos en el Registro de la Propiedad hace décadas, redactados en un contexto en el que el fenómeno de las plataformas digitales era inimaginable, recobran hoy plena eficacia y se erigen en límite determinante del uso turístico y del arrendamiento temporal. El trabajo analiza la interpretación de estas cláusulas históricas a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de las resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública; aborda asimismo la distinción crucial entre habilitación administrativa y límites civiles, y examina el reforzamiento del papel de la comunidad de propietarios tras la reforma del artículo 7.3 LPH.