Gerona, España
Este trabajo tiene por objeto analizar la autorización administrativa de teletrabajadores de carácter internacional regulada en la Ley 1412013, de 27 de septiembre (BOE de 29 de septiembre), de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, introducida por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre (BOE de 22 de diciembre), de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. En primer lugar, se expone una visión general de cómo la Ley de emprendedores está siendo una norma que se va consolidando con el paso del tiempo estableciendo a su vez un régimen paralelo de la regulación de la extranjería e inmigración por interés económico. En segundo lugar, se realiza un estudio de la regulación del teletrabajo de carácter internacional observándose que deja algunos vacíos que han sido complementados por la Instrucción de marzo de 2023 sobre los aspectos prácticos de aplicación de la Ley 1412013, de 27 de septiembre, en lo que se refiere a las solicitudes de visados y autorizaciones de residencia de teletrabajo de carácter internacional. Aunque siguen existiendo lagunas y dudas respecto a la interpretación de algunos preceptos. De ahí que se hayan suscitado algunas controversias que han tenido que ser aclaradas en sede judicial. En particular, en lo que se refiere a los recursos económicos con los que ha de contar la persona teletrabajadora extranjera y respecto a las obligaciones documentales en materia de Seguridad Social, en este último caso añadida la problemática cuando nos encontramos con Convenios bilaterales y cómo conjuga este con las normas nacionales.
The purpose of this paper is to analyze the administrative authorization of international teleworkers regulated by Law 14/2013 of 27 September (BOE of 29 September) on support for entrepreneurs and their internationalization, introduced by Law 28/2022 of 21 December (BOE of 22 December) promoting the ecosystem of emerging companies. First, an overview is provided of how the Entrepreneurs Act is becoming a law that is consolidating overtime, establishing in turn a parallel regime for the regulation of foreign nationals and immigration for econornic reasons. Secondly, a study of international teleworking regulations was carried out, revealing somrne gaps that have been filled by the March 2023 lnstruction on the practical aspects of applying Law 14/2013 of 27 Septernber with regard to applications for visas and residence permits for international teleworking. However, there are still gaps and doubts regarding the interpretation of sorne provisions. This has given rise to sorne controversies that have had to be clarified in coun. In particular, with regard to the financia/ resources avai/able to foreign teleworkers and the docurnentary obligations relating to social security, in the latter case compounded by the problema of bilateral agreements and how these are reconciled with nationa/ regulations.