Madrid, España
Conforme con lo previsto en las directivas comunitarias en materia de contratación pública, la LCSP contempla la reserva de contratos en favor de ciertas entidades de economía social. Su implementación, de carácter obligatorio para las Administraciones públicas, pretende favorecer la contratación de personas con dificultad para el acceso al empleo por razones de discapacidad o de vulnerabilidad social. La comprensión de su régimen jurídico exige prestar atención a la doctrina administrativa y judicial mediante la que ha sido interpretada. Con todo, no debe dejar de apuntarse la disimilitud con que ha sido establecida en la práctica, así como las dificultades para hacerla jurídicamente efectiva.