Isaac Ibáñez García
Sin sujetarse a normas preestablecidas, ni siquiera de soft law, la Comisión Europea, en su actividad de control de la aplicación del Derecho de la UE, está aplicando un nuevo «procedimiento», denominado «diálogos administrativos», basado en «cartas administrativas» («administrative letters»); cuya finalidad es evitar los plazos y otras normas aplicables tendentes a que su obligación de velar por que se apliquen los Tratados y las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de éstos (artículo 17 del Tratado de la UE), esté presidida por el principio de buena administración