Lourdes Moreno Liso
La falta de concreción jurídica de las legislaciones europeas sobre el bienestar animal y su calificación como seres dotados de sensibilidad ha ocasionado diversos debates y litigios en distintas áreas del Derecho. El trabajo se centra ahora en la dicotomía jurídica entre la consideración del animal como ser sintiente y su tratamiento como «equipaje» en el ámbito del transporte aéreo internacional. La más reciente jurisprudencia, sin negar la especial condición de estos animales, valora la cuantificación del daño moral de una pasajera por la pérdida de su mascota utilizando las cantidades fijadas para el equipaje en el Convenio de Montreal. Se reflexiona y se realiza una crítica científica con el objetivo de realizar una propuesta legislativa armonizada a nivel europeo para considerar una nueva categoría protegida, distinta a las cosas y las personas, específica para los animales que conviven con las personas, intentando salvar la actual situación de inseguridad jurídica y una reparación del daño a los titulares de mascotas que actualmente resulta insuficiente. Esta nueva categoría, en buena técnica legislativa, debería ir acompañada por un baremo propio y con criterios objetivos de indemnización aplicable a la responsabilidad por daños patrimoniales y morales, enmarcado en la horquilla de cuantía superior a la del equipaje convencional pero inferior al mínimo establecido para los daños infringidos a humanos.