La Circular 2/2025, dictada el 7 de noviembre por la Fiscalía General del Estado, representa un instrumento de gran calado para desentrañar el mecanismo operativo de la audiencia preliminar dentro del procedimiento abreviado. Esta figura procesal, incorporada mediante la Ley 41/2015, de 5 de octubre, buscaba optimizar y acelerar el itinerario penal al concentrar diligencias previas al enjuiciamiento oral. No obstante, la praxis acumulada desde su entrada en vigor ha revelado disfunciones significativas que han impulsado al Ministerio Fiscal a emitir esta directriz, con el fin de uniformar enfoques y suministrar orientaciones interpretativas que promuevan su implementación adecuada.