Ana Eisman Curto
El estudio analiza el régimen jurídico de la impugnación de los actos de conciliación judicial en el orden social, regulado en el artículo 84.6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Se examinan su estructura procesal, las causas de nulidad y anulabilidad, los sujetos legitimados y los plazos de ejercicio, sobre la base de un marco normativo que combina normas procesales con normas de derecho sustantivo civil, laboral y de Seguridad Social. La investigación pone de relieve el papel esencial de los jueces y letrados de la Administración de Justicia como garantes de legalidad y de libertad del consentimiento, cuya intervención y control previo confieren al acto una presunción reforzada de validez. La jurisprudencia analizada confirma una interpretación rigurosa y restrictiva de las causas de impugnación, limitando la nulidad a los supuestos de vicio grave del consentimiento o infracción de normas imperativas. En conjunto, el trabajo evidencia la solidez jurídica y la estabilidad de los acuerdos de conciliación judicial en la práctica jurisprudencial.